sábado, 23 de febrero de 2019

Relator


Además de ser el término de moda, si atendemos a sus dos significados principales se trata de una palabra algo sutil, y, por tanto, debe utilizarse con precaución. En el ámbito jurídico se emplea esta palabra para designar a quien hace relación de distintos asuntos tratados, deliberaciones y acuerdos entre varias partes. Concretamente, en Derecho Constitucional el relator es aquel que lleva a cabo ante una asamblea la rendición de cuentas de labores realizadas, así como la exposición de conclusiones a las que llega una comisión. Las Naciones Unidas utiliza la figura del relator en las negociaciones entre países en conflicto, entre los que el diálogo y el acuerdo son difíciles de alcanzar, para examinar e informar sobre la situación que exista en un momento concreto y, a su vez, para favorecer el entendimiento mutuo. Por otro lado, si atendemos a su etimología, el término ‘relator’ deriva del latín relator, compuesto por el prefijo re- (‘de nuevo’), la raíz -lat- (‘llevar’) y el sufijo -or (‘el que hace la acción’). Así, el relator es quien vuelve a llevar unos hechos a alguien o, dicho de otra manera, quien da cuenta de algo lo más vívidamente posible. Relatar es eso, dar a conocer de palabra unos acontecimientos, referir unos hechos, narrar, contar. No cabe duda de que un relator posee más responsabilidades que un mediador. El relator hace las veces de secretario, de coordinador y de notario, pero también de facilitador. Ahora bien, su imparcialidad ha de estar asegurada, si no se quiere que acabe siendo un cuentacuentos.


(Publicado en el suplemento Territorios de El Correoel 16/02/19)

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